AEPD sanciona a ZEROA MULTIMEDIA por incumplir plazo legal en respuesta a solicitud de cancelación de datos

Resolución TD-00245-2018
Firmado 2018-07-12T00:00:00Z
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El procedimiento TD/00245/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A., representado por D. B.B.B., contra ZEROA MULTIMEDIA S.A. La denuncia se centró en la falta de respuesta dentro del plazo legal de diez días a una solicitud de cancelación de datos personales.

El 14 de diciembre de 2017, D. B.B.B. ejerció el derecho de cancelación en nombre de D. A.A.A., solicitando la eliminación de información publicada en la web de ZEROA MULTIMEDIA S.A. que incluía datos personales del reclamante. La solicitud fue notificada el 21 de diciembre de 2017, pero no recibió respuesta en el plazo establecido por la ley.

ZEROA MULTIMEDIA S.A. argumentó que la información publicada era veraz y de interés público, dado que D. A.A.A. era una figura relevante en el sector económico. Además, la empresa señaló que las responsabilidades de Bankia, en las que estaba involucrado el reclamante, se estaban dirimiendo en la Audiencia Nacional.

La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que ZEROA MULTIMEDIA S.A. no respondió a la solicitud de cancelación dentro del plazo legal de diez días. Sin embargo, no se ordenó la emisión de una nueva certificación, ya que la entidad había contestado motivadamente al derecho de cancelación y el reclamante tenía conocimiento de ello.

La decisión subraya la importancia de cumplir con los plazos legales para responder a las solicitudes de derechos de los ciudadanos, aunque reconoce la prevalencia del derecho a la información en casos de relevancia pública y veracidad de los datos.