AEPD sanciona a MAIL DEL VIERNES, S.L. por incumplir el plazo legal en la supresión de datos personales

Resolución TD-00244-2019
Firmado 2019-10-16T00:00:00Z
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El reclamante, D. A.A.A., presentó una reclamación contra MAIL DEL VIERNES, S.L., debido a que no se atendió adecuadamente su solicitud de supresión de datos. El reclamante había solicitado en varias ocasiones la eliminación de sus datos, pero continuaba recibiendo publicidad.

MAIL DEL VIERNES, S.L., alegó que el reclamante había solicitado la supresión desde un correo electrónico diferente al que tenían registrado, lo que les impidió localizar y suprimir los datos. La empresa argumentó que el reclamante se había registrado con un correo y solicitó la baja desde otro, y que no habían recibido ninguna queja adicional sobre la recepción de newsletters.

El reclamante no presentó alegaciones adicionales tras conocer las explicaciones de la empresa. La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la respuesta de la empresa se produjo fuera del plazo legal establecido. Sin embargo, no se emitió una nueva certificación, ya que la empresa había justificado las razones por las que no podía suprimir los datos solicitados.

La resolución se notificó a ambas partes y se hizo pública conforme a la normativa vigente. Los interesados tienen la opción de interponer un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.