| Resolución | TD-00229-2018 |
| Firmado | 2018-07-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/00229/2018 se originó a partir de la reclamación presentada por D. B.B.B. en representación de D. A.A.A. contra EDICIONES PLAZA, S.L. La denuncia se basa en la falta de respuesta por parte de la entidad a la solicitud de cancelación de datos personales, presentada el 14 de diciembre de 2017. La solicitud, que incluía la cancelación de información publicada en varias URLs, no recibió respuesta en el plazo legal de diez días.
Los hechos probados indican que la solicitud de cancelación fue recibida por EDICIONES PLAZA, S.L. el 19 de diciembre de 2017, pero no se obtuvo ninguna contestación. Además, la entidad no presentó alegaciones cuando se le trasladó la reclamación, a pesar de haber recibido la notificación.
La normativa vigente, específicamente el artículo 16 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que el responsable del tratamiento debe atender las solicitudes de cancelación en un plazo máximo de diez días. La falta de respuesta en este caso constituye una infracción de los derechos del afectado.
En consecuencia, se estima la reclamación y se insta a EDICIONES PLAZA, S.L. a que, en un plazo de diez días hábiles, remita una certificación que acredite haber atendido la solicitud de cancelación o motive las causas que lo impiden. De no hacerlo, la entidad podría incurrir en una infracción tipificada en el artículo 83.5.e) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que podría ser sancionada con multas administrativas.
La resolución también establece que las actuaciones derivadas de esta decisión deben ser comunicadas a la entidad correspondiente en el mismo plazo. Finalmente, se notifica la resolución a las partes involucradas y se hace pública conforme a la normativa vigente.