AEPD ordena a la Inspección de Trabajo responder a solicitud de acceso a datos personales tras incumplir plazos legales

Resolución TD-00225-2021
Firmado 2021-10-08T00:00:00Z
Enlace 📋

A.A.A. presentó una reclamación contra el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social por no haber respondido a su solicitud de ejercicio de derechos según el RGPD. La reclamante solicitó acceso a sus datos personales, pero no recibió respuesta en el plazo legal.

Tras las actuaciones procedimentales, se constató que la entidad no había respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores. La normativa exige que las solicitudes de ejercicio de derechos sean atendidas en un mes, y que se proporcione una respuesta, aunque sea negativa, con las causas correspondientes.

La resolución estima la reclamación y ordena al Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social que atienda la solicitud de acceso o deniegue motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.