AEPD sanciona a DAX por negar acceso completo a la historia clínica de un paciente

Resolución TD-00221-2018
Firmado 2018-04-27T00:00:00Z
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El 20 de noviembre de 2017, D. A.A.A. solicitó a DESCOMPRESIÓN AXIAL, S.L. (DAX) una copia íntegra de su historia clínica. Aunque DAX respondió el 22 de noviembre, el reclamante encontró que faltaban el Informe Médico Inicial y el Informe Médico Final del tratamiento. Tras varias comunicaciones y descargos, se constató que la entidad no había proporcionado toda la información solicitada debido a un error informático.

La normativa vigente, como la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y la Ley 41/2002 básica reguladora de la Autonomía del Paciente, establece que los pacientes tienen derecho a acceder a su historia clínica completa y a obtener copias de los datos que figuran en ella. Además, los centros sanitarios deben conservar esta documentación en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad.

En este caso, se determinó que DAX no había cumplido con su obligación de proporcionar acceso completo a la historia clínica del reclamante. Por ello, se instó a la entidad a remitir al reclamante la certificación que facilite el acceso completo a su historia clínica o a denegar motivadamente el acceso solicitado, en un plazo de diez días hábiles. De no hacerlo, podría incurrir en una infracción prevista en el artículo 44 de la LOPD.

La resolución también señala que, si el reclamante considera que la información recibida es sesgada o que la historia clínica no se ha cumplimentado conforme a la ley, debe acudir a las autoridades sanitarias competentes para denunciar una infracción del contenido de la Ley 41/2002.