AEPD sanciona a Santander Consumer por incumplir el plazo legal en la respuesta a una solicitud de acceso a datos personales

Resolución TD-00220-2019
Firmado 2019-12-17T00:00:00Z
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El expediente TD/00220/2019 trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra SANTANDER CONSUMER E.F.C., S.A. debido a la falta de respuesta a su solicitud de acceso a sus datos personales. La reclamación se basa en la desatención del ejercicio del derecho de acceso, establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

El 27 de noviembre de 2018, D. A.A.A. ejerció su derecho de acceso ante SANTANDER CONSUMER E.F.C., S.A., pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. La parte reclamante argumenta que la entidad no contestó a su solicitud y que, además, no se le proporcionó la información relativa a las valoraciones que llevaron a la cancelación de una tarjeta de crédito. La reclamante solicita la supresión de estas valoraciones y que se informe a terceros sobre su eliminación.

Durante el procedimiento, SANTANDER CONSUMER E.F.C., S.A. alegó que hubo un problema técnico que impidió la tramitación de la solicitud de acceso. Sin embargo, finalmente proporcionó una respuesta extemporánea, indicando que los datos habían sido bloqueados al dejar de ser necesarios para los fines iniciales.

La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la respuesta a la solicitud de acceso se emitió fuera del plazo legal. No se requiere la emisión de una nueva certificación ni actuaciones adicionales por parte de la entidad. La decisión se basa en la falta de respuesta oportuna a la solicitud de acceso, lo cual es una infracción de los derechos del reclamante según el RGPD.

La resolución se notifica a ambas partes y se hace pública conforme a la normativa vigente. Los interesados pueden interponer un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.