AEPD sanciona al Ayuntamiento de Monasterio de Rodilla por incumplir el plazo legal en la cancelación de datos personales

Resolución TD-00220-2018
Firmado 2018-06-11T00:00:00Z
Enlace 📋

El expediente TD/00220/2018 trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra el Ayuntamiento de Monasterio de Rodilla. El reclamante solicitó la cancelación de sus datos personales publicados en las actas de procedimientos administrativos accesibles en la sede electrónica del Ayuntamiento. Argumentó que la publicación de sus datos afectaba a su actividad empresarial y a la objetividad de su labor profesional.

El Ayuntamiento, tras recibir la solicitud, procedió a la cancelación de los datos dentro del plazo de un mes, según el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Sin embargo, el reclamante alegó que el plazo correcto para atender la solicitud era de diez días y que el Ayuntamiento había divulgado sus datos sin consentimiento.

La resolución determinó que, aunque el Ayuntamiento atendió la solicitud de cancelación, lo hizo fuera del plazo legal de diez días. Por lo tanto, se estimó la reclamación por motivos formales, sin que se requiera ninguna actuación posterior. La decisión se basa en la necesidad de cumplir con los plazos establecidos para garantizar los derechos de los ciudadanos en materia de protección de datos.