| Resolución | TD-00219-2021 |
| Firmado | 2021-09-21T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra el Ayuntamiento de Santander por no haber respondido a su solicitud de ejercicio del derecho de acceso, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La parte reclamante solicitó información sobre sus datos personales, pero no recibió respuesta en el plazo legal establecido.
Tras las actuaciones procedimentales, se constató que el Ayuntamiento no había atendido la solicitud ni los requerimientos posteriores. La normativa obliga a los responsables del tratamiento de datos a responder a estas solicitudes en un mes, proporcionando una respuesta clara y motivada, incluso si no se encuentran datos del interesado.
La decisión estima la reclamación y ordena al Ayuntamiento de Santander que, en un plazo de diez días hábiles, atienda el derecho de acceso ejercido por A.A.A. o deniegue la solicitud de manera motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.