AEPD sanciona a Gabinete B.B.B. por incumplir la solicitud de supresión de datos de A.A.A.

Resolución TD-00208-2020
Firmado 2021-01-20T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra GABINETE B.B.B. por no haber atendido su solicitud de supresión de datos. A.A.A. había solicitado la eliminación de su currículum y datos personales de una bolsa de empleo gestionada por el gabinete, pero no recibió respuesta alguna.

Tras las actuaciones procedimentales, se constató que el gabinete no había respondido a la solicitud de A.A.A. ni a los requerimientos posteriores. La normativa vigente obliga a los responsables del tratamiento de datos a responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un plazo de un mes, y a hacerlo de manera clara y motivada en caso de denegación.

Dado que el gabinete no cumplió con estas obligaciones, se estimó la reclamación. Se instó a GABINETE B.B.B. a atender la solicitud de supresión o a denegarla motivadamente en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento.