AEPD sanciona a BBVA por incumplir el derecho de acceso a grabaciones de voz de un cliente

Resolución TD-00205-2020
Firmado 2021-01-14T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. por no haber atendido su solicitud de acceso a unas grabaciones de voz. La reclamante ejerció su derecho de acceso conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido.

La entidad reclamada no proporcionó información sobre las acciones tomadas para atender la solicitud, lo cual es una infracción de los principios de transparencia y responsabilidad proactiva exigidos por el RGPD. La voz se considera un dato personal, por lo que la reclamante tiene derecho a acceder a las grabaciones, siempre que no contengan información de terceros sin su consentimiento.

Se insta a la entidad a responder a la solicitud de acceso en un plazo de diez días hábiles, proporcionando la grabación o una transcripción, o denegando la solicitud con una justificación adecuada. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una sanción conforme al artículo 72.1.m) de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).