AEPD Ordena a Wallapop Responder a Solicitud de Supresión de Datos tras Reclamación por Falta de Respuesta y Brecha de Seguridad

Resolución TD-00202-2020
Firmado 2020-09-30T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra WALLAPOP S.L. por no haber respondido adecuadamente a su solicitud de supresión de datos personales, realizada el 27 de noviembre de 2019. La parte reclamante también mencionó una brecha de seguridad en el sistema de la empresa, comunicada el 6 de noviembre. A pesar de enviar la solicitud según la política de privacidad de Wallapop, recibió una respuesta automática indicando problemas con el servicio de mensajería.

Wallapop no respondió a los requerimientos de información enviados el 3 de febrero y 6 de marzo de 2020. La resolución estima la reclamación y ordena a Wallapop que, en un plazo de diez días hábiles, informe a D. A.A.A. sobre la atención de su solicitud de supresión de datos o deniegue motivadamente la misma. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una infracción sancionable.