| Resolución | TD-00200-2021 |
| Firmado | 2021-10-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Don A.A.A. presentó una reclamación contra Caixabank Payments & Consumer EFC, EP, S.A.U. por no haber atendido su solicitud de supresión de datos erróneos en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE). El reclamante alegó que no debía nada y que sus datos debían ser eliminados de inmediato.
La entidad argumentó que la CIRBE es un servicio público y que las entidades financieras están obligadas a comunicar los riesgos de crédito, independientemente de si los titulares están al corriente de pago. Además, indicó que la supresión de datos solo podría realizarse después de cancelar las cuentas o relaciones comerciales pendientes.
La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la entidad respondió extemporáneamente a la solicitud de supresión. No se impuso sanción porque se consideró que con el procedimiento se habían restaurado las garantías y derechos del reclamante.