AEPD desestima reclamación contra ASNEF-EQUIFAX y ORANGE por derecho de acceso a datos personales

Resolución TD-00194-2018
Firmado 2018-05-07T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra ASNEF-EQUIFAX y ORANGE ESPAGNE por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a sus datos personales. El reclamante solicitó información sobre sus datos en el fichero de ASNEF-EQUIFAX el 3 de noviembre de 2017, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido.

ASNEF-EQUIFAX alegó que había respondido a la solicitud del reclamante, pero que la comunicación fue devuelta por encontrarse ausente en el domicilio. El reclamante, por su parte, negó haber recibido cualquier aviso de correos para recoger el envío. Además, argumentó que la deuda incluida en el fichero estaba prescrita y que no se había requerido el pago de la misma, lo cual es un requisito para la inclusión en dichos ficheros.

La resolución desestimó la reclamación, considerando que ASNEF-EQUIFAX había cumplido con su deber de respuesta al enviar la información solicitada. Se determinó que la deuda no estaba prescrita, ya que no habían transcurrido seis años desde el vencimiento de la obligación. Además, se señaló que la valoración de la deuda y las obligaciones contractuales no competen a la entidad encargada de la protección de datos, sino a los órganos de consumo o jurisdiccionales competentes.

Por lo tanto, la reclamación fue desestimada, y se notificó la resolución a ambas partes. La decisión puede ser recurrida mediante un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.