| Resolución | TD-00193-2018 |
| Firmado | 2018-04-18T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El expediente TD/00193/2018 trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Telefónica de España, S.A.U., debido a la falta de respuesta a su solicitud de cancelación de datos personales. El reclamante ejerció su derecho de cancelación el 11 de noviembre de 2018, pero no recibió respuesta en el plazo legal de diez días.
Telefónica alegó que canceló los datos del reclamante el 4 de diciembre de 2018 y que notificó esta acción el 19 de febrero de 2018. Sin embargo, esta respuesta se consideró extemporánea, ya que no se proporcionó dentro del plazo establecido por la ley.
La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la empresa no respondió a tiempo a la solicitud de cancelación. Aunque Telefónica finalmente atendió la solicitud, lo hizo fuera del plazo legal, lo que justifica la estimación de la reclamación. No se impone ninguna sanción adicional, ya que la empresa ha cumplido con la cancelación de los datos, aunque de manera tardía.