AEPD Estima Reclamación por Falta de Motivación en Denegación de Acceso a Datos Personales por la Policía

Resolución TD-00189-2018
Firmado 2018-05-29T00:00:00Z
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El procedimiento TD/00189/2018 se refiere a una reclamación presentada por D. A.A.A. (representado por Dª B.B.B.) contra la Dirección General de la Policía. El reclamante solicitó acceso a sus datos personales contenidos en el fichero «Personas», pero su solicitud fue denegada sin una justificación adecuada, basándose en los artículos 22 y 23 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.

La denegación inicial no especificaba las razones concretas para la negativa, lo cual es un requisito legal según la normativa vigente. Durante el procedimiento, la Dirección General de la Policía proporcionó finalmente los motivos de la denegación, pero esto se consideró extemporáneo, ya que la justificación debió ser proporcionada en el momento de la respuesta inicial.

La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la denegación del acceso no estuvo debidamente motivada en el momento oportuno. Sin embargo, no se emite una nueva certificación porque se ha acreditado que la denegación fue motivada, aunque de manera tardía.

La decisión subraya la importancia de que las autoridades proporcionen una justificación clara y oportuna cuando deniegan el acceso a datos personales, en cumplimiento con la normativa de protección de datos. La falta de motivación adecuada en la respuesta inicial fue el motivo principal de la estimación de la reclamación.