| Resolución | TD-00180-2018 |
| Firmado | 2018-03-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/00180/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por Dª. A.A.A. contra la Agencia Sanitaria Costa del Sol (Hospital de Alta Resolución de Benalmádena) el 10 de enero de 2018. La reclamante denunció que no se le había atendido adecuadamente su solicitud de acceso a su historia clínica.
El 29 de noviembre de 2017, Dª. A.A.A. solicitó una copia íntegra de su historia clínica a través de la Dirección Territorial de la Consejería de Salud. La entidad sanitaria recibió la solicitud el 22 de diciembre de 2017 y, tras recibir la documentación completa el 9 de enero de 2018, la remitió al despacho de abogados de la reclamante. La reclamante recibió la documentación el 15 de enero de 2018 y solicitó el archivo del expediente, indicando que ya no necesitaba la ayuda para la reclamación.
La resolución acepta el desistimiento de la reclamante, basándose en el principio antiformalista del artículo 94 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dado que no se han personado terceros afectados en el procedimiento, se acepta el desistimiento y se declara concluido el procedimiento.
La resolución también hace referencia a la normativa vigente sobre el derecho de acceso a la historia clínica, destacando que este derecho está regulado por el artículo 18 de la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente, y por los artículos 15, 27 y 29 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos. La entidad sanitaria cumplió con su obligación de proporcionar la documentación solicitada en el plazo establecido.
En resumen, la reclamación se resolvió aceptando el desistimiento de la reclamante, ya que esta recibió la documentación solicitada y no consideró necesario continuar con el procedimiento.