AEPD ordena a MASTER ZEN, S.L. cumplir con el derecho de acceso a datos personales tras respuesta insatisfactoria

Resolución TD-00178-2018
Firmado 2018-06-20T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra MASTER ZEN, S.L. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante ejerció su derecho de acceso el 28 de diciembre de 2017, pero recibió una respuesta insatisfactoria el mismo día, informándole que su correo electrónico había sido borrado de la base de datos.

MASTER ZEN, S.L. argumentó que la reclamación era extemporánea, ya que el reclamante no había esperado el plazo de un mes desde la solicitud de acceso. Sin embargo, se demostró que la respuesta inicial del 28 de diciembre de 2017 no cumplía con el derecho de acceso, ya que no proporcionaba la información solicitada. Además, una respuesta posterior del 26 de enero de 2018 contradijo la afirmación inicial de que el correo electrónico había sido borrado, ya que se disponía del correo del reclamante.

La resolución estimó la reclamación y ordenó a MASTER ZEN, S.L. que, en un plazo de diez días hábiles, proporcionara al reclamante una certificación de los datos que obran en sus ficheros sobre su persona o denegara motivadamente la ausencia de los mismos. En caso de incumplimiento, la empresa podría enfrentar una sanción por no facilitar el acceso a los datos personales, conforme al artículo 83.5.e) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).