| Resolución | TD-00172-2020 |
| Firmado | 2020-12-18T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra Titania Compañía Editorial, S.L. por no haber atendido su solicitud de supresión de datos personales. El reclamante solicitó la eliminación de información relacionada con su participación en un programa de televisión, donde se mencionaba su cargo y hechos ocurridos durante su turno.
La editorial argumentó que la información publicada era de interés público y veraz, y que prevalecía el derecho a la libertad de información sobre el derecho a la supresión de datos. La resolución desestimó la reclamación, considerando que la publicación estaba amparada por el artículo 20 de la Constitución Española, que protege la libertad de expresión e información. Se concluyó que la información era relevante y veraz, y que el derecho a la información prevalece en este caso.