| Resolución | TD-00163-2018 |
| Firmado | 2018-06-29T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/00163/2018 se originó a partir de la reclamación de don E.E.E. contra Google LLC. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales en los resultados de búsqueda. El reclamante solicitó que sus datos no se asociaran con tres URLs específicas que contenían información obsoleta y perjudicial sobre él.
El primer enlace, publicado en 2010, informaba sobre una denuncia por apropiación indebida en B.B.B., indicando que el afectado se encontraba en España. Los otros dos enlaces, de 2011, lo incluían en una lista de «fugitivos de la justicia chilena». Google denegó la solicitud argumentando que la información era de interés público en relación con su vida profesional.
El reclamante alegó que la información era obsoleta y presentó documentos que acreditaban su sobreseimiento definitivo y la falta de antecedentes penales en B.B.B. Tras un proceso de subsanación y alegaciones por ambas partes, se determinó que la información era obsoleta y no pertinente, afectando negativamente al derecho al respeto de la vida privada del reclamante.
Se resolvió estimar la reclamación, instando a Google a adoptar las medidas necesarias para evitar que el nombre del reclamante se vincule con las URLs reclamadas en los resultados de búsqueda. La resolución se notificó a Google Spain, S.L., como establecimiento del responsable en España, para que diera traslado a Google Inc. y al reclamante. La decisión se fundamentó en la obsolescencia de la información y la prevalencia del derecho a la protección de datos sobre el interés público en acceder a dicha información.