AEPD sanciona al Ayuntamiento de Gijón por demora en respuesta a solicitud de acceso a datos personales

Resolución TD-00156-2019
Firmado 2019-09-12T00:00:00Z
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El expediente TD/00156/2019 trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra el Ayuntamiento de Gijón debido a la falta de respuesta a su solicitud de acceso a sus datos personales. La solicitud se realizó el 29 de octubre de 2018, pero no recibió la contestación legalmente establecida.

El Ayuntamiento de Gijón alegó que la solicitud se tramitó a través de un expediente abierto el 19 de febrero de 2019 y finalizado el 14 de abril de 2019, notificándose al reclamante el 26 de abril de 2019. Argumentaron que la demora se debió a problemas de coordinación entre departamentos y a la complejidad del organigrama municipal. Además, mencionaron que el reclamante ya había presentado otras reclamaciones similares, sugiriendo un posible uso abusivo de su derecho.

La normativa de protección de datos establece que el responsable del tratamiento debe facilitar al interesado información relativa a sus actuaciones sobre una solicitud de acceso en un plazo de un mes, prorrogable por otros dos meses en caso de complejidad o número elevado de solicitudes. Sin embargo, el Ayuntamiento no informó al reclamante de esta prórroga, lo que constituye una infracción.

La resolución estima la reclamación y ordena al Ayuntamiento de Gijón que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que acredite que ha atendido su solicitud de acceso o justifique documentalmente el acceso concedido. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una sanción según el artículo 72.1.m) de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.