| Resolución | TD-00151-2021 |
| Firmado | 2021-09-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La resolución trata sobre una reclamación presentada por A.A.A. contra la Dirección General de la Guardia Civil por no haber atendido su solicitud de cancelación de antecedentes policiales. La parte reclamante solicitó la supresión de sus datos, pero la Guardia Civil denegó inicialmente la petición basándose en los artículos 22 y 23 de la Ley Orgánica 15/1999. Posteriormente, tras la intervención de la Agencia, la Guardia Civil procedió a la cancelación de los antecedentes.
La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la cancelación se realizó extemporáneamente. No se impone sanción porque, aunque hubo un retraso en la respuesta, finalmente se atendió la solicitud del reclamante. La decisión subraya que la Agencia no es competente para evaluar la necesidad de mantenimiento de datos por parte de los cuerpos de seguridad.