AEPD ordena a la Policía atender el derecho de acceso a datos personales tras incumplir plazos legales

Resolución TD-00147-2020
Firmado 2020-09-01T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra la Dirección General de la Policía por no haber recibido respuesta a su solicitud de acceso a sus datos personales. La solicitud, realizada el 1 de septiembre de 2019, no fue atendida en el plazo legalmente establecido. Durante el procedimiento, la Dirección General de la Policía alegó que no encontró registros de la solicitud y solicitó al reclamante que concretara su petición debido a la complejidad de los tratamientos de datos. La resolución estima la reclamación y ordena a la Dirección General de la Policía que atienda el derecho de acceso de D. A.A.A. en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento.