| Resolución | TD-00141-2020 |
| Firmado | 2020-09-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra Vodafone España, S.A.U. por no haber atendido su solicitud de ejercicio de derechos establecidos en el RGPD. El reclamante solicitó la supresión de sus datos del fichero BADEXCUG debido a una deuda contraída por suplantación de identidad. Vodafone no respondió a tiempo a esta solicitud.
Durante el procedimiento, Vodafone regularizó la deuda y solicitó la baja de los datos en el fichero crediticio. La reclamación se estimó por motivos formales debido a la respuesta extemporánea de Vodafone, sin necesidad de nuevas actuaciones. No se impuso sanción porque las garantías y derechos del afectado quedaron restaurados.