| Resolución | TD-00136-2019 |
| Firmado | 2019-07-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La reclamación presentada por Dª A.A.A. contra Google LLC (Google Spain, S.L.) se centra en la negativa de la empresa a atender su solicitud de supresión de dos URLs que contienen sus datos personales. La reclamante había participado en candidaturas para empleos públicos en el turno de discapacidad, y sus datos, incluyendo el diagnóstico clínico, estaban publicados tanto en los buscadores de los organismos correspondientes como en Google.
Google argumentó que las URLs en cuestión remiten a informaciones de relevancia pública, específicamente a una resolución de la Dirección General de la Función Pública que anunciaba un proceso selectivo para ingreso en una institución pública. La empresa sostuvo que la información publicada en el Boletín Oficial del Estado y en la web institucional debe ser accesible sin restricciones, incluso a través de motores de búsqueda, debido a su interés público.
La resolución desestimó la reclamación, basándose en que la información publicada es actual y relevante, y que su supresión podría vulnerar el interés público en acceder a dicha información. Se determinó que los datos no son obsoletos ni inexactos, y que su publicación está justificada por el interés legítimo de la sociedad en conocer los procesos selectivos públicos.
Por lo tanto, se concluyó que no procede la supresión de los enlaces, ya que la información es necesaria para el cumplimiento de una obligación legal y no se ha demostrado que cause un perjuicio significativo a la reclamante. La decisión subraya la importancia de equilibrar el derecho al olvido con la libertad de información y el interés público en acceder a datos relevantes.