| Resolución | TD-00134-2020 |
| Firmado | 2020-09-08T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, D. A.A.A., denunció que la Dirección General de la Policía no atendió su solicitud de cancelación de antecedentes policiales, presentada el 16 de diciembre de 2019. A pesar de haber enviado documentación judicial que ordenaba la cancelación, no recibió respuesta en el plazo legal. La Dirección General de la Policía alegó que había múltiples solicitudes y solicitó aclaraciones al reclamante, pero no se acreditó una respuesta formal sobre la solicitud de cancelación.
La resolución estima la reclamación y ordena a la Dirección General de la Policía que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que confirme la atención del derecho de supresión o una denegación motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción según el artículo 72.1.m) de la LOPDGDD.