| Resolución | TD-00123-2021 |
| Firmado | 2021-07-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra IBERCAJA BANCO, S.A. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a datos personales. El reclamante denunció que se había abierto una cuenta bancaria con su nombre y NIE sin su consentimiento, y que esta cuenta se había utilizado para estafas. Solicitó acceso a los datos personales y movimientos de la cuenta, pero la entidad solo proporcionó su nombre, apellidos y NIE, alegando que los demás datos correspondían a otra persona y que la cuenta estaba bloqueada y bajo investigación judicial.
La entidad argumentó que no podía facilitar más información debido a la confidencialidad de la investigación y que las grabaciones de seguridad solo estaban disponibles para las autoridades judiciales. La reclamación fue desestimada, ya que la solicitud de documentos específicos y grabaciones no está amparada por el derecho de acceso a datos personales según la normativa vigente. Se indicó al reclamante que debía dirigirse a las autoridades judiciales para obtener dicha información.