| Resolución | TD-00123-2020 |
| Firmado | 2020-09-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra el gimnasio Fitness Park, S.L. por no haber atendido su solicitud de supresión de datos personales, realizada el 18 de septiembre de 2019. A pesar de los requerimientos, el gimnasio no respondió ni facilitó la información solicitada, continuando con el envío de correos electrónicos publicitarios. La entidad no cumplió con los plazos establecidos para responder a la solicitud de derechos del interesado, ni proporcionó una respuesta motivada en caso de denegación. Por ello, se estima la reclamación y se insta al gimnasio a certificar que ha atendido el derecho de supresión en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento.