| Resolución | TD-00107-2019 |
| Firmado | 2019-06-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El caso se refiere a una reclamación presentada por D. A.A.A. en representación de D. B.B.B. contra Google LLC y Google Spain, S.L. La reclamación se basa en la negativa de YouTube LLC a atender la solicitud de supresión de dos URLs que contenían vídeos que, según el reclamante, difamaban, vulneraban la privacidad y los derechos marcarios de D. B.B.B., y supuestamente falsificaban información.
D. B.B.B. solicitó que sus datos personales no se asociaran con los resultados de búsqueda de las URLs en cuestión. YouTube LLC denegó todas las solicitudes, alegando motivos específicos para no proceder con la supresión. Ante esta negativa, se inició un procedimiento administrativo para evaluar la reclamación.
Durante el proceso, Google Ireland revisó nuevamente el contenido de los vídeos y decidió bloquear los enlaces solicitados, de acuerdo con sus políticas voluntarias. Se comprobó que los vídeos ya no estaban disponibles en la página web disputada.
Dado que los derechos del afectado fueron restaurados al bloquear los enlaces, se desestimó la reclamación. La resolución indica que no se impone ninguna sanción, ya que el problema se resolvió mediante la acción voluntaria de Google de bloquear los vídeos, restaurando así los derechos del reclamante.
La decisión subraya la importancia del derecho a la supresión de datos personales y la obligación de los motores de búsqueda de respetar este derecho, incluso cuando la información original no se elimina de las páginas web donde fue publicada.