La AEPD estima la reclamación contra Vodafone por no cumplir con el derecho de acceso a datos personales, pero no impone sanción tras restaurar las garantías del reclamante.

Resolución TD-00105-2021
Firmado 2021-06-24T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra Vodafone Servicios, S.L.U. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. La reclamante había solicitado esta información después de ser incluida en una lista de morosos. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que Vodafone no había proporcionado toda la documentación solicitada, aunque alegó haber enviado una respuesta incompleta.

La resolución estima la reclamación por motivos formales, reconociendo que Vodafone no atendió correctamente el derecho de acceso. Sin embargo, no se impone ninguna sanción, ya que se considera que con el procedimiento se han restaurado las garantías y derechos del reclamante. La decisión subraya la obligación de las empresas de facilitar el ejercicio de los derechos de los usuarios en materia de protección de datos.