AEPD ordena a Google desindexar información obsoleta del BOE para proteger la privacidad de un reclamante

Resolución TD-00103-2019
Firmado 2019-07-12T00:00:00Z
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El caso se refiere a una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de dos URLs que contenían información personal publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en 2007 y 2008. La parte reclamante solicitó que sus datos personales no aparecieran asociados a estas URLs en los resultados de búsqueda de Google.

Google denegó la solicitud argumentando que la información tenía relevancia e interés público, ya que se trataba de resoluciones oficiales relacionadas con el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera. La parte reclamante, sin embargo, alegó que la información afectaba su vida privada e intimidad y que, por lo tanto, no debería estar disponible en el buscador.

Tras el análisis de la reclamación, se determinó que la información publicada en el BOE de 2007 era obsoleta y carecía de relevancia actual para la formación de la opinión pública. Mantener esta información accesible en los resultados de búsqueda podría causar un perjuicio a los derechos al honor, intimidad y protección de datos personales del reclamante. Por lo tanto, se ordenó a Google que desindexara la URL correspondiente para evitar la vinculación del nombre del reclamante con dicha información.

En cuanto a la segunda URL, relacionada con la publicación del BOE de 2008, se desestimó la reclamación, ya que se consideró que la información mantenía su relevancia pública y que la supresión podría limitar el acceso a información de interés general.

En resumen, la decisión estimó parcialmente la reclamación, ordenando la desindexación de una de las URLs y desestimando la solicitud respecto a la otra.