AEPD sanciona a Xfera Móviles por incumplir el derecho de acceso a grabaciones de voz de un usuario

Resolución TD-00100-2019
Firmado 2019-06-24T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra XFERA MÓVILES, S.A. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a unas grabaciones de voz. El reclamante ejerció su derecho de acceso conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido.

El procedimiento se inició tras constatar que la solicitud del reclamante no había sido atendida. XFERA MÓVILES, S.A. alegó que la petición excedía las prescripciones del RGPD, pero finalmente accedió a facilitar las grabaciones o sus transcripciones, dependiendo de la presencia de terceros en las mismas.

La resolución estima la reclamación de D. A.A.A., instando a XFERA MÓVILES, S.A. a remitir una certificación que acredite haber atendido el derecho de acceso en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.

La decisión se basa en el derecho del interesado a obtener confirmación y acceso a sus datos personales, así como en la obligación del responsable del tratamiento de facilitar esta información en un plazo razonable. La voz se considera un dato personal, y el reclamante tiene derecho a acceder a las grabaciones que le conciernen, siempre que no se vean afectados los derechos de terceros.