AEPD ordena a la Guardia Civil responder a solicitud de acceso a datos personales tras incumplir plazo legal

Resolución TD-00099-2021
Firmado 2021-06-01T00:00:00Z
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La reclamación se refiere a la falta de respuesta a una solicitud de acceso a datos personales en el fichero «***FICHERO.1» por parte de D.G. DE LA GUARDIA CIVIL. El reclamante ejerció su derecho de acceso, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. La entidad reclamada argumentó que el fichero está exento de la normativa de protección de datos, por lo que no procedía atender la solicitud.

Se determinó que, independientemente de la existencia de datos, la entidad debía responder a la solicitud, indicando las razones de la denegación si fuera el caso. Por ello, se estimó la reclamación y se instó a la entidad a responder al reclamante en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento.