| Resolución | TD-00099-2020 |
| Firmado | 2020-10-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra la Consejería de Servicios y Derechos Sociales del Principado de Asturias por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a la historia clínica de su padre fallecido. La reclamante alegó que la entidad incluyó documentación de terceros no interesados en el expediente y no facilitó la historia clínica completa.
Tras analizar la reclamación, se determinó que la entidad no había respondido adecuadamente a la solicitud de acceso, incumpliendo así la normativa de protección de datos. La resolución estimó la reclamación y ordenó a la Consejería que, en un plazo de diez días hábiles, remitiera a la reclamante una certificación que acreditara haber atendido el derecho de acceso o que denegara motivadamente la solicitud. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.