| Resolución | TD-00097-2019 |
| Firmado | 2019-04-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 21 de noviembre de 2018, Dª A.A.A. en representación de D. B.B.B. presentó una reclamación contra DIARIO EL PAÍS, S.L. debido a que no se había atendido su solicitud de supresión de datos personales publicada en una URL específica. La parte reclamante solicitó la eliminación de información obsoleta que consideraban atentaba contra su privacidad.
El 13 de septiembre de 2018, Dª A.A.A. había solicitado la supresión de los datos personales de D. B.B.B. publicados en una URL de la página web de El País. Esta URL correspondía a un índice de contenidos denominado «TAG», que no era una noticia periodística, sino un índice de noticias diseñado para mejorar la visibilidad en los buscadores. El medio de comunicación denegó la solicitud argumentando que se trataba de un índice de noticias y no de una información específica.
La reclamación fue admitida a trámite el 15 de enero de 2019. Sin embargo, el medio de comunicación no presentó alegaciones dentro del plazo establecido, lo que llevó a la remisión de la notificación por correo postal. A pesar de esto, no se recibieron alegaciones por parte del medio.
En la resolución, se determinó que la URL en cuestión no se accedía directamente introduciendo el nombre y apellidos de la parte reclamante, sino mediante la introducción específica de la URL en el buscador. Por lo tanto, no se consideró necesario instar al medio de comunicación a que tomara medidas para desactivar dicha URL. Se recomendó a la parte reclamante que se dirigiera al medio para habilitar mecanismos de supresión de información obsoleta o al buscador para desindexar URLs con información no relevante.
Finalmente, se desestimó la reclamación presentada por Dª A.A.A. en representación de D. B.B.B. contra DIARIO EL PAÍS, S.L.