| Resolución | TD-00088-2021 |
| Firmado | 2021-06-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A., en representación de D. B.B.B., presentó una reclamación contra REFORMAS DE INTERIORES FORMAS MODERNAS, S.L. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de oposición y supresión de datos personales. La reclamante ejerció estos derechos el 29 de septiembre de 2020, pero no recibió respuesta. Además, señaló que la cláusula de protección de datos de la empresa hacía referencia a una normativa ya derogada y que el ejercicio de derechos debía ser gratuito, aunque la empresa solo ofrecía un buzón de correo electrónico, lo que implicaba costos adicionales.
La entidad reclamada argumentó que, debido a obligaciones fiscales, contables y mercantiles, no pudo tramitar la solicitud. Sin embargo, se determinó que la empresa debía haber respondido a la solicitud de ejercicio de derechos, ya que es una obligación legal. La resolución insta a la empresa a remitir una certificación a la parte reclamante, confirmando que ha atendido la solicitud de supresión o denegándola motivadamente, en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.