| Resolución | TD-00086-2018 |
| Firmado | 2018-03-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/00086/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Hidroeléctrica del Cantábrico S.A. (EDP Naturgas Energía) por no haber atendido debidamente su derecho de acceso a sus datos personales. El reclamante ejerció su derecho de acceso el 31 de octubre de 2017, pero no recibió respuesta alguna por parte de la empresa.
Tras las actuaciones procedimentales correspondientes, se constató que la empresa no había respondido a la solicitud de acceso dentro del plazo legal establecido. Además, se intentó notificar la reclamación a la empresa, pero el intento fue rechazado automáticamente debido a problemas con el servicio de notificaciones electrónicas.
La resolución estima la reclamación y ordena a Hidroeléctrica del Cantábrico S.A. que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación con el acceso completo a sus datos o, en su defecto, una denegación motivada y fundamentada. La empresa también debe comunicar las actuaciones realizadas a la entidad correspondiente.
La decisión se basa en el incumplimiento por parte de la empresa del derecho de acceso del reclamante, tal como lo establece la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. La empresa podría incurrir en una infracción prevista en el artículo 44 de dicha ley si no cumple con la resolución.