| Resolución | TD-00077-2020 |
| Firmado | 2020-06-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra TINKAHOME S.L. por no haber atendido su solicitud de supresión de un correo electrónico que contenía su nombre y apellido. La reclamante, que trabajó como autónoma para la empresa, solicitó la eliminación de la cuenta de correo tras finalizar su relación laboral. Sin embargo, la empresa se negó a cerrarla, alegando que podrían recibir contenidos importantes. Además, la cuenta seguía operativa y recibía correos de clientes, lo que vinculaba a la reclamante con la empresa sin su consentimiento.
La resolución estima la reclamación y ordena a TINKAHOME S.L. que, en un plazo de diez días hábiles, certifique que ha atendido la solicitud de supresión o se niegue motivadamente. El incumplimiento podría resultar en una infracción sancionable.