| Resolución | TD-00072-2021 |
| Firmado | 2021-05-14T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. reclamó contra XFERA MÓVILES, S.A. por no haber atendido su solicitud de acceso a grabaciones de voz relacionadas con una contratación telefónica. El reclamante buscaba probar el desistimiento de un servicio, alegando que se realizó dentro del plazo legal. La empresa denegó el acceso argumentando que el desistimiento fue fuera de plazo y que las grabaciones no eran necesarias para resolver la reclamación de consumo.
La resolución determinó que el derecho de acceso a los datos personales es fundamental y no puede ser limitado por razones de consumo. Se ordenó a XFERA MÓVILES, S.A. que facilitara las grabaciones o su transcripción en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento. No se impuso sanción en esta resolución, ya que se consideró que con la restitución del derecho de acceso se restauraban las garantías del reclamante.