AEPD sanciona a BEQBE INTERNET por incumplir la solicitud de cancelación de datos de una exempleada

Resolución TD-00067-2018
Firmado 2018-04-24T00:00:00Z
Enlace 📋

La reclamación presentada por Dª A.A.A. contra BEQBE INTERNET, S.L. se centra en la falta de atención a su solicitud de cancelación de un perfil asociado a su correo electrónico. La reclamante, que fue empleada de la entidad, solicitó la baja del perfil a través de un correo electrónico, pero no recibió una respuesta adecuada ni se procedió a la cancelación del perfil en el plazo legalmente establecido.

BEQBE INTERNET, S.L. argumentó que la cuenta en cuestión fue utilizada para fines profesionales durante el tiempo que la reclamante estuvo empleada, y que la solicitud de cancelación no se atendió debido a la confusión generada por la existencia de otras cuentas personales de la reclamante. Sin embargo, durante el procedimiento, la entidad procedió a traspasar los contenidos del perfil a otro perfil empresarial y a borrar el perfil reclamado, informando a la reclamante de esta acción.

A pesar de estas acciones, la entidad no proporcionó pruebas documentales que demostraran haber respondido expresamente a la solicitud de cancelación en el plazo legal, lo cual es un requisito establecido por la normativa de protección de datos. Por esta razón, se estimó la reclamación y se instó a BEQBE INTERNET, S.L. a remitir a la reclamante una certificación que acredite la atención a su derecho de cancelación o el cumplimiento del deber de respuesta, en un plazo de diez días hábiles. De no hacerlo, la entidad podría incurrir en una infracción prevista en la Ley Orgánica de Protección de Datos.