AEPD desestima reclamación contra ARTCLINIC por acceso a expediente médico: La clínica no era responsable de los datos solicitados

Resolución TD-00066-2019
Firmado 2019-05-10T00:00:00Z
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El 16 de noviembre de 2018, Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra ARTCLINIC CENTRO MÉDICO QUIRÚRGICO, S.L. por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a su expediente médico. La reclamante había solicitado acceso a su expediente en varias ocasiones, tanto personalmente como por escrito, sin recibir respuesta.

ARTCLINIC argumentó que el médico que atendió a la reclamante no pertenecía a su entidad, sino que alquilaba una consulta en sus instalaciones. Según la clínica, el médico gestionaba sus propios historiales médicos y no los compartía con ARTCLINIC. Además, el médico, ya jubilado, respondió que no consideraba que las visitas realizadas a la reclamante constituyeran un historial médico completo.

La normativa de protección de datos establece que los responsables del tratamiento deben facilitar a los interesados el ejercicio de sus derechos, como el acceso a sus datos personales, en un plazo máximo de un mes. Sin embargo, en este caso, se determinó que ARTCLINIC no era la entidad responsable de los datos solicitados, ya que estos estaban en posesión del médico que atendió a la reclamante.

Por lo tanto, se desestimó la reclamación, ya que se consideró que ARTCLINIC había actuado conforme a la normativa vigente. La reclamante fue informada de que debía dirigir su solicitud de acceso a la persona que realmente poseía sus datos médicos, en este caso, el médico que la atendió.