| Resolución | TD-00056-2020 |
| Firmado | 2020-06-09T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, D. A.A.A., denunció a la Dirección General de la Policía por no haber atendido su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante había solicitado la supresión de sus datos en 2018, pero posteriormente se utilizó su fotografía y filiación en una diligencia de identificación. La Dirección General de la Policía confirmó la supresión de los datos en 2018, pero no respondió sobre el uso posterior de los mismos ni sobre la solicitud de acceso.
La resolución estima la reclamación y ordena a la Dirección General de la Policía que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que confirme si se ha atendido su derecho de acceso o, en caso contrario, que se deniegue motivadamente. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.