AEPD sanciona a Vodafone por responder fuera de plazo a solicitud de exclusión de publicidad

Resolución TD-00056-2019
Firmado 2019-04-15T00:00:00Z
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El 12 de abril de 2018, D. B.B.B. presentó una reclamación ante Vodafone ONO, S.A.U., solicitando que no se le enviaran comunicaciones comerciales y que sus datos personales no fueran cedidos a otras entidades. La reclamación no fue atendida adecuadamente, lo que llevó a la iniciación de un procedimiento.

Vodafone alegó que hasta octubre de 2018, D. B.B.B. era cliente y, por lo tanto, no constaba en la lista Robinson, una lista de exclusión de publicidad. Sin embargo, desde octubre, se le incluyó en dicha lista para asegurar que no recibiera más publicidad. La entidad comunicó esto a D. B.B.B. el 25 de febrero de 2019, pero esta respuesta llegó extemporáneamente.

La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la respuesta de Vodafone llegó fuera del plazo legal. No se requiere ninguna actuación adicional por parte de Vodafone, ya que los derechos del reclamante han sido restaurados al incluirlo en la lista Robinson. La resolución se notifica a ambas partes y se hace pública una vez notificada.