AEPD sanciona a Zara Libro por incumplir el derecho de acceso a datos personales de un usuario

Resolución TD-00050-2019
Firmado 2019-02-13T00:00:00Z
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El 31 de julio de 2018, A.A.A. presentó una reclamación contra ZARA LIBRO S.L. (DIFUSIÓN DEL LIBRO) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de ejercicio del derecho de acceso a sus datos personales. El reclamante había solicitado información sobre los datos personales que la empresa tenía en su poder y su procedencia, así como la limitación del tratamiento de sus datos para no recibir más comunicaciones.

La empresa no respondió adecuadamente a la solicitud del reclamante, lo que constituyó una falta de atención al derecho de acceso establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Según el artículo 12 del RGPD, las empresas deben facilitar al interesado información clara y accesible sobre el tratamiento de sus datos y permitir el ejercicio de sus derechos en un plazo de un mes, prorrogable por otros dos meses en casos complejos.

La resolución estimó la reclamación y ordenó a ZARA LIBRO S.L. (DIFUSIÓN DEL LIBRO) que, en un plazo de diez días hábiles, remitiera al reclamante una certificación en la que constara que había atendido su solicitud de acceso o, en su defecto, se negara motivadamente indicando las razones por las que no procedía atenderla. El incumplimiento de esta resolución podría haber conllevado una sanción por la infracción tipificada en el artículo 72.1.m) de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).