AEPD desestima reclamación contra Google: No se encontró incumplimiento en la supresión de datos personales en resultados de búsqueda

Resolución TD-00047-2019
Firmado 2019-04-29T00:00:00Z
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La resolución se refiere a una reclamación presentada por Dª A.A.A. en representación de Dª B.B.B. contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales asociados a una URL específica en los resultados de búsqueda.

El 27 de septiembre de 2018, Dª B.B.B. ejerció su derecho de supresión ante Google, solicitando que sus datos personales no se asociaran con una URL concreta. Google denegó esta solicitud, argumentando que la URL no aparecía en los resultados de búsqueda al realizar una búsqueda con el nombre de la reclamante. Durante el procedimiento, Google revisó nuevamente la solicitud y confirmó que la página web en cuestión no publicaba datos personales de la reclamante. Además, se verificó que al realizar una búsqueda con el nombre de la reclamante en Google, la URL en disputa no aparecía.

La normativa aplicable, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), establece que los interesados tienen derecho a solicitar la supresión de sus datos personales cuando ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos, entre otros motivos. Los motores de búsqueda, como Google, son considerados responsables del tratamiento de datos personales al determinar los fines y medios de su actividad.

En este caso, se desestimó la reclamación porque se comprobó que la URL en cuestión no aparecía en los resultados de búsqueda y que la página web no publicaba datos personales de la reclamante. Por lo tanto, no se impuso ninguna sanción, ya que no se encontró evidencia de incumplimiento por parte de Google en relación con la solicitud de supresión de datos.