AEPD ordena al Ayuntamiento de Ribadavia confirmar la supresión de datos personales tras incumplir el derecho de cancelación de un ciudadano

Resolución TD-00046-2020
Firmado 2020-03-20T00:00:00Z
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El reclamante, D. A.A.A., denunció al Ayuntamiento de Ribadavia por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. El 29 de julio de 2019, el reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió la respuesta legalmente establecida. A pesar de que el ayuntamiento afirmó haber eliminado los datos, estos seguían siendo accesibles en buscadores de internet.

La resolución estima la reclamación y ordena al Ayuntamiento de Ribadavia que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que confirme la supresión de los datos o, en su defecto, una denegación motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.