La AEPD sanciona al Ayuntamiento de Colmenarejo por incumplir la solicitud de supresión de datos de un ciudadano

Resolución TD-00045-2020
Firmado 2020-04-01T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra el Ayuntamiento de Colmenarejo por no haber atendido su solicitud de supresión de datos, ejercida el 7 de mayo de 2019. A pesar de los requerimientos, el ayuntamiento no respondió dentro del plazo legal. La normativa establece que el responsable del tratamiento debe responder a las solicitudes de derechos en un mes, prorrogable dos meses más si es necesario. En este caso, el ayuntamiento no proporcionó ninguna respuesta ni justificación, incumpliendo así sus obligaciones legales. Por ello, se estima la reclamación y se insta al ayuntamiento a atender el derecho de supresión o a denegarlo motivadamente, bajo amenaza de sanción por infracción tipificada en el artículo 72.1.m) de la LOPDGDD.