| Resolución | TD-00043-2020 |
| Firmado | 2020-06-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra la Diputación Provincial de Burgos por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. El reclamante solicitó que su DNI no apareciera vinculado a una URL que informaba sobre una sanción recurrida y aceptada. La Diputación argumentó que los datos no podían ser eliminados de los boletines oficiales, pero se procedió a bloquear el acceso a través de bots.txt.
La resolución desestimó la reclamación, ya que al buscar por el nombre del reclamante, la URL no aparecía indexada. La decisión se basó en que la jurisprudencia establece que la eliminación de datos en motores de búsqueda debe hacerse a partir del nombre de la persona, no por otros datos como el DNI. Por lo tanto, se consideró que las pretensiones del reclamante habían sido satisfechas.