| Resolución | TD-00041-2020 |
| Firmado | 2020-03-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra Dª. B.B.B. (PIRAMICASA.ES) por no haber atendido su solicitud de supresión de datos. El reclamante solicitó que su nombre e imagen fueran eliminados de una URL específica. La parte reclamada no respondió a la solicitud ni a las actuaciones procedimentales posteriores.
La resolución estima la reclamación, ya que el derecho de supresión no fue atendido ni denegado motivadamente. Se insta a PIRAMICASA.ES a que, en un plazo de diez días hábiles, certifique que ha atendido la solicitud de supresión o deniegue motivadamente la misma. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.