AEPD desestima reclamación contra Google: La libertad de información prevalece sobre la solicitud de supresión de datos personales

Resolución TD-00040-2019
Firmado 2019-04-15T00:00:00Z
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En el expediente TD/00040/2019, D. A.A.A. presentó una reclamación contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales en tres URLs específicas. El reclamante argumentó que las noticias asociadas a su nombre eran capciosas y contenían información inexacta, solicitando que Google desindexara el contenido.

Google, por su parte, argumentó que las informaciones eran de relevancia pública y estaban amparadas por la libertad de información. La empresa señaló que los datos personales publicados no eran inexactos y que su publicación estaba justificada.

Tras analizar la documentación presentada por ambas partes, se concluyó que las noticias eran actuales y relacionadas con la vida profesional del reclamante, y que estaban amparadas por la libertad de información. Por lo tanto, no se acreditó la obsolescencia ni la lesividad de los datos, y no procedió la desindexación de las URLs.

La resolución desestimó la reclamación de D. A.A.A., argumentando que no se había demostrado una injerencia en el derecho fundamental al respeto de la vida privada del reclamante. Además, se indicó que el cauce adecuado para la protección del derecho al honor y a la propia imagen no es la normativa de protección de datos, sino la Ley Orgánica 1/1982.

La decisión subraya que, en casos de colisión entre el derecho a la protección de datos y la libertad de información, esta última prevalece siempre que se cumplan los requisitos de veracidad y relevancia pública.