| Resolución | TD-00038-2020 |
| Firmado | 2020-03-06T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra Vodafone España, S.A.U. por no haber atendido su solicitud de acceso a sus datos personales. La reclamante ejerció su derecho de acceso, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que Vodafone no había respondido adecuadamente a la solicitud de acceso.
La resolución estima la reclamación y ordena a Vodafone que, en un plazo de diez días hábiles, remita a la reclamante una certificación que confirme la atención del derecho de acceso o una denegación motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.